===== PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE COMPORTAMIENTO NO ÉTICO =====
| logo*/ ^ PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE COMPORTAMIENTO NO ÉTICO | CÓDIGO:OPE-P03 |
| ::: | ::: | VERSIÓN:02 |
| ::: | ::: | VIGENCIA:13/06/2022 |
====== 1.OBJETIVO ======
Proteger a la organización, adelantando las actuaciones de evaluación, investigación, recolección de evidencias relacionadas con sus clientes y trabajadores, determinando así la posible responsabilidad frente a la ocurrencia de conductas éticas inapropiadas, faltas a la independencia, de conflictos de interés, corrupción.
====== 2. ALCANCE ======
Este procedimiento aplica para todos los casos de riesgos de conducta inapropiadas de los clientes o trabajadores de esta firma y es aplicable a todos los funcionarios, accionistas, socios y grupos de interés.
Las políticas, metodologías, procedimientos y definiciones incluidas en el presente procedimiento son de obligatorio cumplimiento por parte de todos los trabajadores, socios y grupos de interés, y las violaciones a lo dispuesto en el presente documento pueden someter a sanciones disciplinarias y penales, y a los grupos de interés de la organización a la imposición de las sanciones administrativas.
====== 3. DEFINICIONES ======
=== Lavado de activos: ===
Delito que cometen personas que buscan dar apariencia de legalidad a bienes o dinero provenientes de alguna de las actividades descritas en el artículo 323 del código penal.
=== Listas restrictivas: ===
Son listas de personas u organizaciones asociadas con actividades de lavado de activos y financiación del terrorismo que deben ser validadas antes de establecer una relación con una contraparte. Algunas de las listas son: listas internacionales (OFAC o Clinton, ONU, INTERPOL, DEA, FBI, Europol) y listas nacionales (Procuraduría, Contraloría, Fiscalía, Policía, CTI, Gaula, Altas Cortes).
=== Máximo órgano social: ===
Es la asamblea general de accionistas de las empresas de la Organización.
=== Monitoreo: ===
Es el proceso continuo y sistemático mediante el cual se verifica la eficiencia y la eficacia de una política o de un proceso, mediante la identificación de sus logros y debilidades para recomendar medidas correctivas tendientes a optimizar los resultados esperados. Es condición para rectificar o profundizar la ejecución y para asegurar la retroalimentación entre los objetivos, los presupuestos teóricos y las lecciones aprendidas a partir de la práctica.
=== Operación intentada: ===
Se configura cuando se tiene conocimiento de la intención de una persona natural o jurídica de realizar una operación sospechosa, pero no se perfecciona por cuanto quien intenta llevarla a cabo desiste de la misma porque los controles establecidos o definidos nos permiten realizarla. Estas operaciones tienen que ser reportadas única y exclusivamente a la UIAF 10.
=== Operación Inusual: ===
Es aquella cuya cuantía o características no guarda relación con la actividad económica de los clientes; o que por su monto, por las cantidades transadas o por sus características particulares, se sale de los parámetros de normalidad establecidos.
=== Operación sospechosa: ===
Es aquella que por su número, cantidad o características no se enmarca dentro de los sistemas y prácticas normales de los negocios de una industria o de un sector determinado y, además, que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate no ha podido ser razonablemente justificada. Estas operaciones tienen que ser reportadas única y exclusivamente a la UIAF 12.
=== Personas expuestas políticamente (PEP): ===
Son personas que detentan algún grado de poder público, gozan de reconocimiento público o manejan recursos del estado.
=== Reportes Internos: ===
Son aquellos que se manejan al interior de la empresa y pueden ser efectuados por cualquier empleado o miembro de la organización, que tenga conocimiento de una posible operación intentada, inusual o sospechosa.
=== Riesgo: ===
Evento que pueda afectar adversamente el cumplimiento de los objetivos de la Organización.
=== Riesgos asociados al Lavado de Activos y Financiación del terrorismo (LA/FT): ===
Son los riesgos que se podrían materializar en el caso de que la Organización sea utilizada para lavar activos o financiar el terrorismo. Estos son: reputacional, legal, operativo y de contagio.
=== Descargos: ===
Pieza procesal en la cual el disciplinado se pronuncia y ejerce su defensa frente a los cargos objeto de acusación, solicitando además la práctica de pruebas.
=== Falta disciplinaria: ===
Incursión en cualquiera de las conductas inapropiada, que conlleve incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación del código de ética, incompatibilidades, impedimentos y conflictos de interés, sin estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de responsabilidad
=== Indagación preliminar: ===
Etapa opcional del procedimiento, cuyo fin es establecer la procedencia de la investigación, verificando la ocurrencia de la conducta, determinando si es constitutiva de una falta real o identificando e individualizando el autor de la misma.
=== Investigación disciplinaria: ===
Etapa del procedimiento, adelantada cuando se encuentra identificado al posible autor o autores de una falta, cuyo fin es: verificar la ocurrencia de la conducta, determinar si es constitutiva de falta disciplinaria, esclarecer los motivos determinantes, así como las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se cometió y determinar también el perjuicio causado a la administración y la responsabilidad del investigado.
=== Prueba: ===
Cualquier medio que acredita la certeza de un hecho. Medios de prueba la confesión, el testimonio, la peritación, la inspección o visita especial y los documentos.
=== Control del riesgo de LA/FT: ===
Comprende la implementación de políticas, procesos, prácticas u otras acciones existentes que actúan para minimizar el riesgo LA/FT en las operaciones, negocios o contratos que se lleven a cabo por parte de la firma, trabajadores, clientes u otros grupos de interés.
=== Financiación del terrorismo: ===
Delito que comete toda persona que incurra en alguna de las conductas descritas en el artículo 345 del código penal.
=== Fuentes o factores de Riesgo: ===
Son los agentes generadores de riesgo LA/FT en una empresa y que se deben tener en cuenta para identificar las situaciones que pueden generarlo en las operaciones, negocios o contratos que realiza el ente económico 6. Para la definición de las etapas y elementos que soportan el sistema de autocontrol y gestión del riesgo de LA/FT, se tendrán en cuenta las siguientes fuentes de acuerdo con lo establecido en la Circular Externa No. 100-00005 de la Superintendencia de Sociedades.
=== UIAF - Unidad de Información y Análisis Financiero: ===
La Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), es una unidad administrativa especial del Estado colombiano, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Es el órgano de inteligencia financiera del país, fue creada por la Ley 526 de 1999 y reglamentada por el Decreto compilatorio 1068 de 2015, con el fin de prevenir, detectar y luchar contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
====== 4. GENERALIDADES ======
Son innumerables los actos no éticos o delitos que una persona natural o jurídica puede cometer, la lista va desde cuestiones como el tráfico ilegal de órganos hasta la financiación del terrorismo, si bien los más frecuentes que se cometen son los vinculados a cuestiones económicas como estafas, insolvencias punibles, blanqueo de capitales, fraude a Hacienda o a la Seguridad Social, cohecho o tráfico de influencias, entre otros.
En cuanto al lavado de activos y la financiación del terrorismo (LAFT), estos constituyen un riesgo al que se encuentra expuesta la Organización en función de sus actividades, por lo tanto resulta imprescindible la implementación de controles para gestionar dicho riesgo a partir de los estándares internacionales y la normatividad vigente establecida por la Superintendencia de Sociedades de Colombia en materia de LA/FT, con el fin de minimizar la probabilidad de que a través de sus diferentes actividades, la Organización sea utilizada para lavar activos o financiar el terrorismo.
==== 4.1 CONDUCTAS DISTINTIVAS DE LAVADO DE ACTIVOS ====
**A continuación se enuncian algunas conductas delictivas relacionadas con el lavado de activos en Colombia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 323 del Código Penal:**
* Extorsión Narcotráfico Secuestro Secuestro extorsivo
* Delitos contra la administración pública (corrupción).
* Enriquecimiento ilícito
* Contrabando
* Trata de personas Tráfico de migrantes Rebelión
* Tráfico ilegal de armas
* Delitos contra la administración pública como: peculado, omisión del agente retenedor o recaudador, concusión, cohecho, celebración indebida de contratos, enriquecimiento ilícito de servidor público.
=== 4.1.1 COMPORTAMIENTOS DISTINTIVOS DE LAVADO DE ACTIVOS ===
**A continuación se relacionan algunos comportamientos en los que incurren las personas para llevar a cabo las actividades mencionadas en el numeral anterior:**
* Adquirir, resguardar, invertir, transportar, transformar, custodiar, administrar, legalizar, ocultar y/o encubrir recursos o activos de procedencia ilícita.
* Omitir el cumplimiento de los mecanismos de control y disposición en materia de LA/FT de los organismos de control.
* Prestar el nombre
* Obtener un incremento patrimonial no justificado por actividades lícitas.
==== 4.2 CONDUCTIVAS DISTINTIVOS DE FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO ====
**A continuación se relacionan algunas conductas relacionadas con la financiación del terrorismo, de acuerdo con el artículo 345 del Código Penal:**
* Hurto Estafa
* Emisión y transferencia ilegal de cheques
* Abuso de confianza
* Abuso de condiciones de inferioridad
* Aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito
* Gestión indebida de recursos sociales
* Usurpación de tierras
* Usurpación de aguas
* Invasión de tierras o edificaciones
* Perturbación de la posesión sobre inmueble
=== 4.2.1 COMPORTAMIENTOS DISTINTIVOS DE FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO ===
**A continuación se relacionan algunos de los comportamientos en los que incurren las personas para llevar a cabo las actividades mencionadas en el numeral anterior:**
* Proveer, recolectar, entregar, recibir, administrar, aportar, custodiar y/o guardar bienes, recursos o activos de procedencia ilícita o lícita.
**La conducta delictiva de la financiación del terrorismo se puede cometer además por medio de los siguientes comportamientos relacionados con los grupos al margen de la ley:**
* Promover, organizar, apoyar, mantener, financiar y/o sostener económicamente a estos grupos o sus integrantes.
==== 4.3 TIPOLOGÍAS DISTINTIVAS EN LAVADO DE ACTIVOS ====
**Las tipologías son los métodos utilizados por los delincuentes para dar apariencia de legalidad al dinero y bienes provenientes de fuentes ilícitas por medio de operaciones que pueden involucrar varios sectores de la economía. La UIAF tiene tipificados estos comportamientos con el fin de facilitar la identificación de estas conductas.**
Las siguientes son tipologías definidas por la UIAF en el sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo implementado:
* **Exportaciones ficticias de servicios de difícil cuantificación:** Esta tipología se refiere al reintegro de divisas de origen ilícito generados por la exportación ficticia de servicios. Debido a su carácter intangible, su valor comercial en el mercado internacional es de difícil verificación o cuantificación.
* **Exportaciones ficticias de bienes:** en esta tipología se busca reintegrar divisas ilícitas realizando varias formas de exportación ficticia de bienes, como la sobrevaloración de mercancías, que las cantidades exportadas sean inferiores a las cantidades declaradas, que se declare la exportación pero que los bienes nunca salgan del país, o que el mismo bien se exporte varias veces.
* **Inversión extranjera ficticia en una empresa local:** Esta tipología describe la forma en la que se ingresan divisas ilícitas al país realizando una inversión extranjera ficticia a favor de una “empresa local” (generalmente con dificultades económicas).
* **Arbitraje cambiario internacional mediante el transporte de dinero ilícito:** Corresponde al transporte y utilización de divisas ilícitas para aprovechar el diferencial cambiario y disponer de los recursos en moneda local.
* **Transferencias fraccionadas de dinero ilícito a través de giros internacionales:** Una de las formas que usan los delincuentes para ingresar al país dinero ilícito es por medio del sistema de giros internacionales. Las organizaciones delictivas utilizan esta modalidad para trasladar estos recursos producto de sus actividades ilícitas a otro país mediante giros cuyos montos tienen características de fraccionamiento y con la utilización de muchos beneficiarios, denominados comúnmente “pitufos”. De este modo, se fraccionan altas sumas de dinero en varios envíos con la finalidad de evadir los controles existentes en el país de origen de los fondos como en el de destino.
* **Peso Broker:** En esta tipología se utilizan los servicios de un “broker” que es un intermediario financiero informal de mercado de capitales y divisas de origen ilícito que se encarga de reubicar parte de las utilidades obtenidas en el mercado internacional. De este modo, en vez de trasladar recursos de un país a otro, se utiliza el servicio “broker” que contacta personas y organizaciones delictivas que tienen que hacer pagos en países diferentes; pero los pagos de dinero nunca salen de los países y no queda registro.
* **Utilización de fondos ilícitos para disminuir endeudamiento o capitalizar empresas legítimas:** La tipología expone la forma en la que los delincuentes buscan empresas legalmente constituidas con historial comercial y financiera, reconocidas y con problemas de endeudamiento, que son capitalizadas con dinero ilícito. De este modo se mezcla el capital ilícito de los delincuentes con el capital lícito de la empresa constituida con anterioridad.
* **Simulación de premios en el exterior para poder ingresar al mercado local divisas o bienes:** Corresponde a la utilización de personas que simulan la obtención de premios en concursos o eventos en el exterior, para justificar el ingreso de divisas y/o bienes de procedencia ilícita.
* **Compras de “premios” por parte de una Organización delictiva:** Es una forma que utilizan los lavadores para sustentar el origen de sus recursos comprando premios de lotería o de concursos, a los ganadores iniciales con sus recursos ilícitos.
* **Fiducias de inversión:** se usan sociedades fiduciarias donde se hacen consignaciones o transferencias fraccionadas de dinero ilícito en efectivo, para evitar superar los límites de reporte establecidos por la normatividad vigente.
* **Fiducia de administración y pagos de bienes ilícitos:** Es un mecanismo que utilizan los delincuentes para entregar a una fiducia activos ilícitos para que sean administrados con el fin de que esta realice pagos determinados por el cliente, con los rendimientos producidos por la inversión.
* **Suministro de bienes, víveres o ganado para grupos ilegales:** Esta tipología se puede observar cuando los grupos ilegales realizan secuestros o extorsiones y exigen como pago, bienes muebles o inmuebles, víveres (celulares, radios, uniformes, botas, tarjetas, entre otros) o ganado.
* **Cobro de extorsiones por seguridad o “permiso”:** Las organizaciones delictivas seleccionan víctimas con capacidad para manejar altos volúmenes de dinero a cambio de brindarles seguridad en sus actividades comerciales a cambio de permitirles tener un libre desplazamiento.
* **Realización de transacciones económicas transnacionales:** Esta tipología se puede observar cuando los delincuentes realizan extorsiones o secuestros por fuera del territorio nacional y necesitan que el dinero recibido entre al país o cuando realizan extorsiones o secuestros en el territorio nacional y necesitan que el dinero sea trasladado a otro país. De este modo los delincuentes deben realizan transacciones transnacionales que impliquen giros, cambios de divisas, transporte de dinero, entre otras.
* **Simulación o uso irregular de operaciones “forward”:** Los delincuentes utilizan indebidamente las características de los contratos “forward” con el fin de negociar ficticiamente activos, es decir que se establece un contrato “forward” sobre un activo ficticio que se ofrece a través de un intermediario. En esta tipología el comprador y el vendedor del contrato son cómplices y por lo tanto no se lleva a cabo el intercambio de mercancía.
* **Simulación de transacciones con mercancías de valor diferente:** Los delincuentes subvaloran o sobrevaloran productos o mercancías negociadas a través de una bolsa de productos, cambiando la calidad de los mismos. Después que se han modificado los precios, las partes deben pagar a los intermediarios comisiones más altas por la transacción.
* **Utilización de empresas legalmente establecidas para apoyar las actividades de organizaciones narcoterroristas:** Las organizaciones delictivas necesitan bienes y servicios (víveres, combustible, servicios médicos, medicamentos, entre otros) para llevar a cabo sus actividades. Para obtener estos bienes y servicios las organizaciones delictivas crean empresas que realizan estas actividades o pueden proveer estos recursos e insumos.
* **Uso de documentación Falsa:** Con el fin de ocultar su Organización y sus actividades ilícitas, los delincuentes recurren a la falsificación de documentos de la Organización y documentos de soporte para establecer relaciones comerciales con empresas lícitas.
* **Financiamiento a través de víveres o ganado obtenido de manera ilegal para financiar una actividad legal:** con el fin de cubrir sus necesidades, los grupos ilegales recurren al robo o extorsión a comerciantes o ganaderos.
* **Compañías Fachada:** Son empresas que están legítimamente establecidas y que realizan una actividad comercial. No obstante, la compañía es utilizada para mostrar su actividad comercial como fachada para el lavado de fondos, producto de actividades ilícitas. Mezclan los fondos ilícitos con sus propias rentas para ocultar el origen de los fondos. Las políticas de conocimiento del cliente y visitas técnicas a las instalaciones de sus proveedores son los mecanismos más adecuados para controlar esta tipología.
* **Compañías de Papel:** La compañía de papel no realiza actividades mercantiles y se utiliza para disfrazar el movimiento de recursos ilícitos aprovechando la cobertura confidencial o disfrazando a sus verdaderos dueños por medio de una representación nominal.
* **Financiación a través de ventas fraudulentas de bienes inmuebles:** Como justificación del incremento de su patrimonio, se presenta una supuesta valorización o mejoras a inmuebles como excusa por parte del lavador de activos para tratar de justificar un incremento de su patrimonio por la venta de un bien por un mayor valor al de adquisición.
* **Fundaciones o corporaciones sin ánimo de lucro:** las fundaciones se crean con fines filantrópicos y usualmente se financian con donaciones. Las donaciones y el anonimato de los donantes, permite esconder recursos en las fundaciones con el fin de desviar a los bienes de su origen ilícito.
* **Estructuración, “pitufeo” o “trabajo de hormiga”:** la estructuración, pitufeo o trabajo de hormiga consiste en realizar pequeños depósitos con el fin de eludir el registro y reporte respectivo de transacciones en efectivo que superen una determinada cuantía13.
Para dar la apariencia de legalidad a los fondos y bienes producto del lavado de activos y la financiación del terrorismo los delincuentes pueden utilizar a la Organización para lograr este objetivo. Por lo tanto es necesario contar con un sistema que prevenga, detecte o controle el lavado de activos y la financiación del terrorismo, debido a que la materialización del riesgo.
====== 5. RESPONSABILIDAD ======
Todas las actuaciones están supervisadas y controladas por el P.E.I. y líder de ética.
====== 6. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD ======
A continuación se relacionan los lineamientos generales, de obligatorio cumplimiento, con el fin de orientar la actuación de nuestros empleados, socios, clientes y demás grupos de interés.
^ No. ^ DESCRIPCIÓN ^ RESPONSABLE |
| 1 |Promoción del trabajo bajo una cultura conforme al código de ética, contra los delitos de fraude, corrupción, Extorsión, Narcotráfico Secuestro, Enriquecimiento ilícito, Contrabando, Trata de personas, Tráfico de migrantes, Rebelión, Tráfico ilegal de armas, Delitos contra la administración pública, lavado de activos y financiación del terrorismo. | SOCIO DIRECTOR, RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CALIDAD, LIDER DE ÉTICA |
| 2 |Cuando se identifique un cliente potencial, este es evaluado conforme a los criterios de análisis de cliente nuevo o recurrente establecido en el presente sistema de gestión de calidad. | LÍDER DE PROYECTO, RESPONSABLE DEL SISTEMA Y SOCIO DIRECTOR |
| 3 |De acuerdo al desarrollo de cada operación administrativa, gerencial, de apoyo, o misional, se identifican y reportan todas las actividades que puedan calificarse como una operación inusual al socio director | LÍDER DE PROYECTO, RESPONSABLE DEL SISTEMA O CUALQUIER OTRO MIEMBRO O PARTE INTERESADA|
| 4 |Se revisan los hechos que suponen una operación como intentada o sospechosa y/o informe de mala conducta, participación no ética, falta de requisito de independencia, incumplimiento de políticas de confidencialidad, conflicto de intereses, corrupción, etc.. | CUALQUIER MIEMBRO O PARTE INTERESADA |
| 5 |Se evalúa las circunstancias para determinar si hay procedencia al trámite de seguimiento y análisis de la situación. Si se encuentra elementos de incidencia disciplinaria u operaciones delictivas como intentada o sospechosa, se inicia indagación preliminar. | SOCIO DIRECTOR, RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CALIDAD, LIDER DE ÉTICA |
| 6 |Se identifican el autor de la falta, el cargo, empresa, la fecha de la evaluación y la descripción de la novedad y los hechos relacionados. Los cuales se registran en la opción de Riesgo del sistema de gestión | SOCIO DIRECTOR, RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CALIDAD, LIDER DE ÉTICA |
| 7 |En el caso de que se resuelva que la situación no posee sustento, se procede a declarar el caso como insuficiente para declarar una Operación intentada, Operación sospechosa, incumplimiento de ética, incumplimiento a la independencia, conflicto de intereses, corrupción, Extorsión, Narcotráfico, Secuestro, Delitos contra la administración pública, Enriquecimiento ilícito etc. | SOCIO DIRECTOR, RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CALIDAD, LIDER DE ÉTICA |
| 8 |En este caso de declaración de insuficiencia, se registra el proceso de evaluación en la opción de riesgos en el sistema, con los soportes respectivos y se estableciendo la sustentación de la decisión y conclusiones finales. Se recogen y almacén todas las pruebas de la decisión. En este caso se culminan las actividades | PROCESO DE EVALUACIÓN, LÍDER DE ÉTICA,SOCIO DIRECTOR |
| 9 |En el caso de que se resuelva que la situación posee sustento suficiente, se procede a declarar el caso como suficiente para declarar una operación intentada, Operación sospechosa, incumplimiento de ética, incumplimiento a la independencia, conflicto de intereses, corrupción, Extorsión, Narcotráfico, Secuestro, Delitos contra la administración pública, Enriquecimiento ilícito etc. En el campo de riesgos determinado en el sistema de calidad | SOCIO DIRECTOR, RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CALIDAD, LIDER DE ÉTICA |
| 10 |Se continua con la recolección de evidencias, soportes, testimonios, entrevistas, revisiones, informes, dictámenes y demás evidencias de evaluación. | SOCIO DIRECTOR, RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CALIDAD, LIDER DE ÉTICA |
| 11 |Se procede a escuchar en versión libre al investigado y se practican pruebas como ampliación de novedad, declaraciones, juramentadas y/o documentales. | SOCIO DIRECTOR, RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CALIDAD, LIDER DE ÉTICA |
| 12 |Se califican los hechos de acuerdo los resultados obtenidos como: Violación a la Ética, Operación ejecutada de lavado de activos o operación intentada de lavado de activos, incumplimiento a la independencia, conflicto de intereses, corrupción, Extorsión, Narcotráfico, Secuestro, Delitos contra la administración pública o Enriquecimiento ilícito | SOCIO DIRECTOR, LIDER DE ÉTICA |
| 13 |OPERACIÓN EJECUTADA DE LAVADO DE ACTIVOS: Si los hechos son calificados como Operación ejecutada de lavado de activos son reportados única y exclusivamente a la UIAF de acuerdo a la Circular Externa No. 100-00005 de la Superintendencia de Sociedades. | SOCIO DIRECTOR |
| 14 |OPERACIÓN INTENTADA DE LAVADO DE ACTIVOS: Si los hechos son calificados como Operación intentada de lavado de activos son reportados única y exclusivamente a la UIAF de acuerdo a la Circular Externa No. 100-00005 de la Superintendencia de Sociedades. | SOCIO DIRECTOR |
| 15 |OPERACIÓN SOSPECHOSA DE LAVADO DE ACTIVOS: Si los hechos son calificados como Operación sospechosa de lavado de activos son reportados única y exclusivamente a la UIAF de acuerdo a la Circular Externa No. 100-00005 de la Superintendencia de Sociedades. | SOCIO DIRECTOR |
| 16 |INFRACCIONES A LA GESTIÓN DE LA CIENCIA CONTABLE: Si los hechos son calificados como infracciones en el desarrollo de trabajos de la ciencia contable son reportados ante la Junta Central de Contadores | SOCIO DIRECTOR |
| 17 |OTROS HECHOS DELICTIVOS: Si los hechos son calificados como otros hechos delictivos como: Corrupción (pública y privada), violencia basada en género, trata de personas como esclavitud o explotación sexual, mendicidad ajena, trabajos forzados, servidumbre o esclavitud, violencia física y sexual en niños, niñas o adolescentes, amenazas a defensores de derechos humanos, periodistas y líderes políticos, sociales o comunales, hechos victimizantes en el marco del conflicto armado colombiano, conducta punible. Son reportados ante la Fiscalía General de la Nación. Línea nacional 0180000919748. [[hechoscorrupcion@fiscalia.gov.co|hechoscorrupcion@fiscalia.gov.co]]. | SOCIO DIRECTOR |
| 18 |OTROS HECHOS DELICTIVOS: Si los hechos son calificados como otros hechos delictivos como: Hurto a comercio, Hurto a personas, Hurto a residencias, Delitos informáticos, Material con contenido de explotación sexual infantil, Extorsión. Son reportados ante la Policía nacional de Colombia. | SOCIO DIRECTOR |
| 19 |INFRACCIONES MENORES INTERNAS: En el evento en los hechos sean calificados como infracciones menores internas se determinan las sanciones aplicables y la necesidad de reportarlo ante las partes interesadas, reporte ante la junta central de contadores o procesos ante otras entidades correspondientes. Se diligencia el formato {{:administrativa:acta_descargos.docx|GRH P03 F1 Acta de descargos}} | SOCIO DIRECTOR, LÍDER DE ÉTICA |
| 20 |Se emite el registro dentro de la opción de plan de acción del sistema, adjuntado los soportes correspondientes, Si es el caso se adjunta el formato de oportunidad de mejoramiento. | SOCIO DIRECTOR Y LÍDER DE ÉTICA |
====== 7. ANEXOS Y REGISTROS ======
* {{:administrativa:acta_descargos.docx|GRH P03 F1 Acta de descargos}}
* [[:compartidos:formato_21_-_oportunidad_de_mejoramiento.xlsx?media=compartidos:formato_21_-_oportunidad_de_mejoramiento.xlsx|M03 F21 - OPORTUNIDAD DE MEJORAMIENTO]]
PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE COMPORTAMIENTO NO ETICO
|{{tag>NOMBRE:PROCEDIMIENTO_DE_INVESTIGACIÓN_ETICA,_INDEPENDENCIA,_CONFLICTO_DE_INTERESES,_CORRUPCIÓN_Y_OTROS}}|
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